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A partir del 1° de diciembre, entrará en vigencia un paquete de cambios tributarios que impactará de forma directa en miles de contribuyentes. Según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a Elochodigital, se implementarán tres medidas centrales: la obligatoriedad del sistema IVA Simple, la eliminación de la factura M y la incorporación de un esquema unificado de declaraciones juradas.

IVA Simple: cómo funcionará el nuevo sistema

El sistema IVA Simple será obligatorio para las declaraciones correspondientes al período fiscal de noviembre de 2025, que deberán presentarse en diciembre. Entre junio y octubre, ARCA había aplicado una etapa opcional para facilitar la transición, mientras que los contribuyentes exentos continuarán utilizando el Libro IVA Digital sin modificaciones.

Según el documento oficial «IVA SIMPLE: ARCA agiliza la presentación de declaraciones juradas», el nuevo esquema reemplaza los formularios y procedimientos actuales para responsables inscriptos. A partir de su entrada en vigencia, el formulario F. 2051, precargado automáticamente con información de las bases del organismo, será el único habilitado para la presentación mensual. Este formulario sustituye al F. 731, F. 810, F. 2002 y F. 2082, unificando además la función del Libro IVA Digital.

Dos módulos automatizados: registración y determinación

El sistema operará mediante dos módulos digitales:

1. Registración electrónica

  • Carga automática de comprobantes emitidos y recibidos.
  • El contribuyente podrá validar, modificar o ajustar cada dato previo a la presentación.

2. Determinación del impuesto

  • Cálculo final del IVA con pagos a cuenta, saldos a favor y retenciones ya registradas en los sistemas SIRE y SICORE.
  • Se requerirá Clave Fiscal nivel 3 o superior para operar.

El calendario de vencimientos continuará sin cambios, según lo establecido por la Resolución General 4.172.

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Impacto para los contribuyentes

ARCA destacó que el objetivo es reducir la carga administrativa, evitar errores y acelerar la presentación de declaraciones juradas. Entre los beneficios principales se mencionan:

  • Reducción del 75% de los formularios necesarios
  • Eliminación de la carga manual de datos
  • Unificación en una plataforma digital
  • Menor posibilidad de inconsistencias
  • Ahorro de tiempo operativo

Además, desde el 1° de diciembre de 2025, quedarán derogadas más de veinte normativas anteriores. Sin embargo, las presentaciones correspondientes a octubre de 2025 y períodos previos deberán realizarse bajo los esquemas vigentes.

El fin de la factura M: cómo se reemplaza

Uno de los cambios más significativos será la eliminación de la factura M, utilizada históricamente para CUITs con incumplimientos o sospecha de generar créditos fiscales irregulares.

La Resolución General 5762/2025 introduce dos nuevas modalidades de factura A, que reemplazarán a la factura M:

Factura “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”

  • Sustituye la factura M para contribuyentes que no superen los controles.
  • Aplica una retención del 100% del IVA y del 6% del Impuesto a las Ganancias.

Factura “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”

  • Para contribuyentes que cumplan con los controles fiscales.
  • Permite operar sin retenciones, siempre que declaren una CBU válida.

Estas modificaciones forman parte del proceso de modernización y unificación del sistema tributario que ARCA viene impulsando desde inicios de este año. (Ámbito)

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