
La media sanción de la Reforma Laboral en la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reactivó el debate sobre qué régimen de indemnizaciones se aplicará a los contratos de trabajo firmados antes de su eventual promulgación. La iniciativa, impulsada por el gobierno de Javier Milei, aún debe ser tratada por el Senado, pero ya genera consultas entre trabajadores, empresas y sindicatos.
El principal interrogante gira en torno a si los empleados contratados bajo la legislación anterior conservarán ese esquema indemnizatorio o si pasarán automáticamente al nuevo régimen. Especialistas en derecho laboral señalaron que, según la jurisprudencia argentina, la ley aplicable es la vigente al momento del despido y no la que regía cuando se firmó el contrato.
El abogado laboralista Marcelo Aquino explicó que el derecho a la indemnización se configura recién cuando se produce la desvinculación. “La norma que rige es la vigente al momento del despido, salvo que se afecten derechos adquiridos y no meras expectativas”, sostuvo. En ese sentido, aclaró que una expectativa de indemnización bajo la ley anterior no constituye un derecho consolidado hasta que el vínculo laboral finaliza.
La fecha del despido, clave
En la misma línea, Julián Ortiz Alonso, especialista en derecho del trabajo, indicó que la jurisprudencia laboral ha aplicado históricamente la nueva legislación a los despidos ocurridos después de su entrada en vigencia, sin distinguir la fecha de ingreso del trabajador. Por lo tanto, si la reforma se convierte en ley, alcanzaría también a empleados con contratos previos.
Desde el Gobierno nacional remarcaron que el objetivo es establecer un marco unificado que evite la coexistencia de dos sistemas. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, afirmó que la reforma “aplica a todos los empleos y no solo a los nuevos”, en línea con la intención oficial de simplificar el régimen laboral.

Derechos adquiridos y expectativas
Uno de los puntos más discutidos es la diferencia entre derechos adquiridos y derechos en expectativa. Los especialistas coinciden en que un derecho adquirido es aquel que ya se incorporó al patrimonio del trabajador —por ejemplo, una indemnización generada tras un despido previo—, mientras que una expectativa depende de que la ley vigente no cambie antes de la desvinculación.
La exclusión del artículo 44 durante el tratamiento en Diputados eliminó uno de los aspectos más polémicos del proyecto original, pero el resto de la reforma mantiene modificaciones relevantes en indemnizaciones, modalidades contractuales y condiciones laborales. Esto podría derivar en litigios si surgen interpretaciones contrapuestas sobre su aplicación a contratos vigentes.
Lo que viene en el Senado
El proyecto ahora será debatido en la Senado de la Nación Argentina, donde se analizarán posibles cambios y disposiciones transitorias. El resultado de esa discusión definirá el alcance definitivo del nuevo régimen y su impacto sobre trabajadores y empleadores.
Mientras tanto, expertos recomiendan evaluar cada caso particular según la fecha de la eventual desvinculación y la normativa vigente en ese momento. Si la ley es aprobada y promulgada, su aplicación sería inmediata para los despidos que ocurran posteriormente, independientemente de cuándo se haya iniciado la relación laboral.










