El Gobierno nacional oficializó este lunes, a través del Decreto 102/2025, una modificación en la regulación de las empresas de medicina prepaga. La norma permite que las prepagas apliquen aumentos diferenciales en sus cuotas, en lugar de un único porcentaje igual para todos los afiliados, como ocurría hasta ahora.

El decreto establece que las empresas podrán fijar libremente el valor de sus planes de salud y ajustar sus costos de acuerdo con las características de cada uno. Sin embargo, se dispuso que el valor de la cuota para la franja etaria más alta no podrá superar el triple de la cuota de la franja más baja, garantizando así cierta regulación en el esquema de aumentos.

Además, la medida prohíbe la exclusión por edad: las prepagas deberán ofrecer planes sin límite etario, permitiendo el ingreso de nuevos afiliados y la permanencia de los actuales sin restricciones de edad.

Otro punto clave es la obligación de las empresas de informar con claridad y anticipación cualquier modificación en las cuotas o copagos. La notificación a los usuarios deberá realizarse dentro de los cinco días posteriores a la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, y con un mínimo de 30 días de antelación antes de que se haga efectivo el incremento.

La decisión llega en un contexto de cambios en el sistema de aportes, ya que a partir de febrero el Gobierno eliminó la triangulación de fondos con las obras sociales. Esto permitirá que 1.400.000 afiliados transfieran la totalidad de su aporte a la prepaga de su elección, lo que, según estimaciones oficiales, inyectará $180.000 millones mensuales directamente en las empresas del sector.

Con estas medidas, el Gobierno busca fomentar la libre competencia en el mercado de la salud privada y evitar distorsiones que afecten a la clase media. Fuente: Infobae

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