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El Gobierno nacional estableció el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en $383.800 desde el 1º de septiembre de 2026 para los trabajadores mensualizados que cumplan la jornada legal completa.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, dependiente de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Además, la normativa fijó una escala de incrementos mensuales que llevará el salario mínimo hasta los $437.000 en abril de 2027. También se actualizaron los valores por hora para los trabajadores jornalizados.

Cómo será el aumento del salario mínimo

De acuerdo con la nueva escala establecida por el Gobierno, el Salario Mínimo, Vital y Móvil tendrá actualizaciones mensuales durante los próximos meses.

Los valores previstos son los siguientes:

  • Septiembre de 2026: $383.800 mensuales.
  • Octubre de 2026: $391.200 mensuales y $1.956 por hora.
  • Noviembre de 2026: $398.800 mensuales y $1.994 por hora.
  • Diciembre de 2026: $406.400 mensuales y $2.032 por hora.
  • Enero de 2027: $414.200 mensuales y $2.071 por hora.
  • Febrero de 2027: $422.000 mensuales y $2.110 por hora.
  • Marzo de 2027: $429.600 mensuales y $2.148 por hora.
  • Abril de 2027: $437.000 mensuales y $2.185 por hora.

De esta manera, el salario mínimo tendrá una actualización progresiva durante ocho meses.

A qué trabajadores alcanza el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil

La resolución establece que los nuevos valores alcanzan a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo establecido por la Ley 20.744, además de quienes se desempeñan bajo el Régimen de Trabajo Agrario.

También incluye a trabajadores de la Administración Pública Nacional y de las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.

En los casos de trabajadores que no cumplan la jornada legal completa, el salario mínimo deberá abonarse de manera proporcional al tiempo trabajado, de acuerdo con las disposiciones previstas en la legislación laboral.

No hubo acuerdo y el Gobierno fijó los valores mediante un laudo

La decisión se produjo luego de la reunión virtual realizada el 28 de agosto de 2026 por el Consejo Nacional del Empleo y la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo.

Según consta en la resolución, tras un extenso intercambio entre las partes no se alcanzó un acuerdo, por lo que finalmente se establecieron los nuevos valores mediante un laudo.

Así quedó definida la nueva escala que comenzará a regir desde septiembre y continuará con aumentos mensuales hasta abril del próximo año.

Cómo impactará en la prestación por desempleo

La Resolución 4/2026 también mantuvo el mecanismo utilizado para calcular la Prestación por Desempleo contemplada por la Ley 24.013.

El beneficio será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual que haya percibido el trabajador durante los seis meses previos a la finalización de la relación laboral que dio origen a la situación de desempleo.

Además, la normativa establece límites vinculados directamente al Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La prestación mensual no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superar el 100% de ese valor. Por este motivo, los montos mínimos y máximos de la prestación también se irán actualizando a medida que entren en vigencia los nuevos valores del salario mínimo.

Con esta medida, el Salario Mínimo, Vital y Móvil quedó fijado en $383.800 desde septiembre de 2026, mientras que la escala oficial prevé alcanzar los $437.000 mensuales en abril de 2027 para quienes cumplan la jornada legal completa.


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