Durante las últimas semanas de junio, los trabajadores en relación de dependencia comenzarán a recibir la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Según lo establece la ley 27.073, el pago debe realizarse hasta el 30 de junio, con la posibilidad de extenderse hasta cuatro días hábiles posteriores. En el caso de los trabajadores de casas particulares, se abona en la última jornada laboral del mes.

El aguinaldo representa el 50% de la mejor remuneración mensual del semestre, tomando como base el sueldo bruto, incluidas horas extras y comisiones, pero excluyendo conceptos no remunerativos como beneficios sociales, capacitaciones o gratificaciones por única vez.

Cómo se calcula:

  1. Se toma el sueldo bruto más alto del semestre.
  2. Se aplican los descuentos obligatorios (jubilación, obra social, etc.).
  3. El resultado es el monto neto o de bolsillo del aguinaldo.

Ejemplo práctico:

  • Si una persona trabajó solo un mes y cobró $100.000, debe dividir esa cifra por 12. El resultado, $8.333, es el aguinaldo correspondiente.
  • Si trabajó tres meses, debe tomar ese resultado ($8.333) y multiplicarlo por tres: $25.000.
  • Para un semestre completo, ese mismo sueldo daría lugar a un aguinaldo de $50.000.

El tributarista Sebastián Domínguez recordó que, además, el ítem “a cuenta de futuros aumentos” también debe incluirse en el cálculo, ya que forma parte de la remuneración mensual devengada.

Con la llegada de esta primera cuota, los trabajadores podrán planificar mejor su economía, mientras las empresas se preparan para cumplir con esta obligación salarial antes del cierre del mes.

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