CAUCE notificó al Comité de Cumplimiento del Acuerdo de Escazú la falta de respuesta del Estado uruguayo al pedido de información sobre el proyecto HIF Paysandú

La presentación ante el Comité se realizó luego de que el Ministerio de Ambiente uruguayo no respondiera a una solicitud de acceso a la información presentada en marzo de este año por CAUCE, junto a ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil de la región del río Uruguay, y reiterada en mayo. Hasta el momento, no se ha recibido respuesta alguna por parte de las autoridades competentes.

Frente a esta situación, CAUCE puso en conocimiento al Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento del Acuerdo de Escazú del incumplimiento de las obligaciones vinculadas al acceso a la información ambiental. Cabe recordar que Uruguay fue uno de los países en ratificar el Acuerdo de Escazú, que reconoce y protege los derechos de acceso a la información, participación pública y justicia en asuntos ambientales.

La presentación ante el Comité se realizó luego de que el Ministerio de Ambiente uruguayo no respondiera a una solicitud de acceso a la información presentada en marzo

La información requerida resulta especialmente relevante debido a la magnitud del proyecto industrial previsto en Paysandú y a los posibles impactos transfronterizos que podría generar sobre el río Uruguay, un ecosistema compartido entre Uruguay y Argentina, y sobre la salud de la población. El acceso oportuno a la información pública ambiental constituye una condición fundamental para que las comunidades potencialmente afectadas puedan conocer, evaluar y participar de manera informada en los procesos de toma de decisiones de proyectos que suceden en sus territorios.

¿Qué información solicitó CAUCE?

La solicitud presentada ante el Ministerio de Ambiente de Uruguay requirió acceso a documentación e información vinculada al proyecto HIF Paysandú, entre ellas:

  • El expediente administrativo completo.
  • Estudios de prefactibilidad y evaluaciones de impacto ambiental.
  • Informes técnicos elaborados por organismos públicos.
  • Resoluciones, autorizaciones o permisos otorgados.
  • Información relativa al uso de agua, emisiones atmosféricas, efluentes y residuos.
  • Evaluaciones de impactos ambientales, sociales y sanitarios.
  • Análisis sobre posibles impactos transfronterizos.
  • Instancias de participación pública realizadas o previstas.
  • Convenios suscriptos entre el Estado uruguayo y la empresa.
  • Comunicaciones mantenidas con el Estado argentino o con la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU).

La ausencia de respuesta por parte del Estado uruguayo obstaculiza el ejercicio efectivo del derecho de acceso a la información ambiental y limita las posibilidades de participación ciudadana. Desde CAUCE continuaremos impulsando las herramientas jurídicas e institucionales necesarias para garantizar el acceso a la información pública ambiental y la plena vigencia de los derechos reconocidos por el Acuerdo de Escazú.

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