
El Gobierno nacional reglamentó el nuevo esquema de atención sanitaria para extranjeros que no cuentan con residencia permanente en Argentina. A partir de la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, quienes requieran prestaciones médicas habituales en establecimientos administrados por el Estado nacional deberán presentar un seguro de salud o abonar previamente el costo de la atención.
La medida fue oficializada mediante una resolución firmada el 10 de agosto y establece el procedimiento administrativo necesario para aplicar los cambios introducidos previamente en la Ley de Migraciones. La normativa comenzará a regir al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Sin embargo, el nuevo régimen contempla una excepción central: las emergencias médicas deberán ser atendidas independientemente de la situación migratoria o económica de la persona.
Quiénes deberán pagar la atención médica
La disposición alcanza a los extranjeros que no tengan residencia permanente en Argentina y necesiten recibir atención sanitaria habitual en establecimientos dependientes del Estado nacional.
El esquema surge de la modificación del artículo 8° de la Ley de Migraciones, realizada mediante el DNU 366/2025, que estableció diferentes condiciones de acceso al sistema sanitario según la situación migratoria y el tipo de prestación requerida.
En cambio, las personas extranjeras con residencia permanente continuarán accediendo al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos.
Las emergencias seguirán siendo atendidas
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es que ningún extranjero podrá ser privado de atención médica ante una emergencia.
La normativa establece que, frente a una situación de urgencia, no podrá negarse ni restringirse el acceso a la asistencia sanitaria por motivos relacionados con la situación migratoria o la capacidad económica del paciente.
Por lo tanto, la obligación de presentar un seguro médico o realizar un pago previo se aplica exclusivamente a las prestaciones habituales que se encuentren fuera de una situación de emergencia.
Seguro de salud o pago previo
Para los extranjeros sin residencia permanente que necesiten una atención médica habitual en establecimientos nacionales, la resolución establece dos alternativas.
Una posibilidad será presentar un seguro de salud que permita cubrir el costo de las prestaciones. En ese caso, se implementará un mecanismo de recupero financiero para que el establecimiento pueda gestionar el cobro correspondiente ante la compañía aseguradora.
La segunda alternativa será el pago directo por parte del paciente extranjero, que deberá cancelar previamente el costo de la prestación cuando no cuente con cobertura médica.
El Ministerio de Salud justificó la reglamentación en la necesidad de establecer mecanismos administrativos uniformes para aplicar el nuevo régimen.
A qué hospitales alcanza la medida
La Resolución 1066/2026 no establece que todos los hospitales públicos del país deban comenzar a cobrarles automáticamente a los extranjeros sin residencia permanente.
El alcance está limitado a los establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional.
Esto significa que la normativa no modifica por sí misma las condiciones de atención en hospitales públicos que dependen de los gobiernos provinciales o municipales.
Qué implica para Entre Ríos
En el caso de Entre Ríos, la resolución nacional no significa automáticamente que una persona extranjera sin residencia permanente deba pagar para atenderse en cualquier hospital público de la provincia.
Las condiciones aplicables a los establecimientos sanitarios provinciales dependen de la normativa y las decisiones que adopte la propia jurisdicción.
El cambio había sido establecido en 2025
La nueva resolución del Ministerio de Salud no creó la diferenciación entre extranjeros con residencia permanente y quienes no poseen esa condición migratoria.
El cambio había sido incorporado previamente a la Ley de Migraciones mediante el DNU 366/2025.
La Resolución 1066/2026 establece ahora el procedimiento operativo para implementar esa modificación dentro de los establecimientos sanitarios dependientes del Estado nacional y fija los mecanismos administrativos para gestionar el cobro de las prestaciones.
De esta manera, el nuevo esquema establece tres situaciones diferenciadas: las emergencias, que deberán ser atendidas sin restricciones; los extranjeros con residencia permanente, que mantienen igualdad de acceso al sistema público; y los extranjeros sin residencia permanente que requieran atención habitual, quienes deberán acreditar un seguro de salud o efectuar el pago correspondiente.
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