La Justicia laboral suspendió los artículos centrales del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, impulsado por el presidente Javier Milei, que imponía restricciones al derecho a huelga en sectores considerados esenciales. La decisión fue tomada por la jueza Moira Fullana, del fuero laboral, en respuesta a un amparo presentado por la CGT.

El fallo hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la central obrera y dejó sin efecto, de forma provisoria, los artículos 2 y 3 del DNU, que redefinían qué actividades se consideran esenciales (incluyendo transporte y educación) y establecían nuevas condiciones para la legalidad de las medidas de fuerza.

En su resolución, la magistrada argumentó que “la regulación del derecho a huelga no puede ser alterada por decreto” y que la modificación de ese régimen requiere una ley aprobada por el Congreso, debido a que se trata de derechos protegidos constitucionalmente y por tratados internacionales firmados por Argentina.

La CGT celebró la medida judicial como “un triunfo de la democracia” y advirtió que continuará con su estrategia de resistencia “en la calle y en la Justicia” para defender la libertad sindical y la negociación colectiva. Desde el gobierno nacional, en tanto, no hubo declaraciones oficiales, aunque trascendió que se analiza apelar el fallo.

La suspensión dictada por la jueza Fullana es de carácter provisorio, lo que significa que el tema seguirá en debate judicial hasta que se emita una sentencia de fondo. Por el momento, continúa vigente la legislación actual sobre derecho a huelga.

La decisión se da en un clima de alta tensión social y sindical, marcado por protestas y paros en rechazo al plan de ajuste fiscal y las reformas impulsadas por el Ejecutivo nacional.

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