ANMAT prohibió cremas cosméticas. Foto: Ilustrativa.
ANMAT prohibió cremas cosméticas. Foto: Ilustrativa.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución de una serie de productos cosméticos y equipamiento médico tras detectar irregularidades que representan potenciales riesgos para la salud de la población.

La decisión fue oficializada mediante las disposiciones 3754/2026 y 3753/2026, publicadas en el Boletín Oficial y firmadas por el titular del organismo, Luis Eduardo Fontana.

Prohibieron cremas cosméticas de la marca “Tan Orgánico”

A través de la Disposición 3754/2026, la ANMAT ordenó retirar del mercado diversos productos cosméticos de la marca “Tan Orgánico”, entre ellos cremas autobronceantes, humectantes, exfoliantes, brumas faciales y mousses, debido a que se comercializaban sin la correspondiente inscripción sanitaria.

Según informó el organismo, los productos presentaban irregularidades en su rotulado, ya que no contaban con datos de registro sanitario válidos. Además, las verificaciones realizadas permitieron constatar que no existían antecedentes oficiales que respaldaran la identificación consignada en los envases.

La investigación se inició tras una notificación realizada por autoridades sanitarias de la provincia de Córdoba y posteriormente se comprobó que los productos también eran ofrecidos a través de plataformas de venta online.

Desde la ANMAT señalaron que se trata de productos ilegítimos y remarcaron que no es posible garantizar su eficacia, seguridad ni composición debido a que se desconoce el establecimiento responsable de su elaboración y las condiciones bajo las cuales fueron fabricados.

Equipamiento médico fuera de control sanitario

Por otra parte, mediante la Disposición 3753/2026, la ANMAT prohibió el uso, comercialización y distribución de varios dispositivos médicos traumatológicos pertenecientes a la firma Stryker, luego de que se denunciara oficialmente su extravío.

El organismo explicó que los elementos quedaron fuera del control de la empresa titular del registro, lo que impide verificar su estado de conservación, integridad y correcto funcionamiento.

Ante esta situación, advirtió que la seguridad, calidad y eficacia de dichos productos podrían verse comprometidas, motivo por el cual se resolvió prohibir su utilización en todo el territorio nacional.

Instrumental médico alcanzado por la prohibición

Los dispositivos involucrados son:

  • Portabrocas con llave 1/4” (6,4 mm) – Stryker 6203131000, serie 22017.
  • Accesorio Hudson®/Trinkle modificado – Stryker 6203135000, serie 21316.
  • Sierra sagital System 7 – Stryker 7208000000, serie 1834416433.
  • Pieza de mano rotatoria de doble gatillo System 8 – Stryker 8205000000, serie 140276.
  • Martillo quirúrgico asociado – Stryker 18060170, serie K1B3145.

Recomendación para consumidores y profesionales

La ANMAT recomendó a consumidores, establecimientos sanitarios y profesionales de la salud verificar el origen y la habilitación de los productos antes de su utilización o adquisición.

El organismo recordó que la compra de cosméticos o dispositivos médicos sin autorización sanitaria puede representar riesgos para la salud, por lo que instó a consultar siempre los registros oficiales y denunciar cualquier irregularidad detectada en la comercialización de estos productos.

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