
El Ministerio de Economía anunció una medida largamente esperada por los dueños de mascotas: perros y gatos podrán viajar en colectivos y trenes de larga distancia dentro del territorio nacional. La decisión fue oficializada a través de una resolución de la Secretaría de Transporte, que autoriza el traslado de animales domésticos en servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros de jurisdicción nacional.
La normativa busca actualizar la legislación vigente, eliminando restricciones históricas al traslado de mascotas y estableciendo un marco regulatorio que garantice la protección, el bienestar animal y la seguridad del resto de los pasajeros. La resolución 2076/2025, publicada este martes, faculta a la autoridad de aplicación a reglamentar los días, horarios y modalidades en que se permitirá el traslado.
Desde la cartera que conduce Luis Caputo explicaron que la medida se alinea con los parámetros internacionales y con las recomendaciones del Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos, asegurando condiciones adecuadas tanto para los animales como para el servicio de transporte.
Asimismo, se autorizó a la Secretaría de Transporte a dictar normas aclaratorias o complementarias que resulten necesarias para la correcta implementación del régimen en todo el país.

Requisitos para viajar con mascotas
Según el anexo de la resolución, el pasajero será responsable en todo momento de la custodia, salud, higiene y seguridad de su mascota, y deberá evitar que el animal cause molestias o riesgos a otros usuarios.
El traslado deberá realizarse obligatoriamente en un transportín o contenedor cerrado, diseñado específicamente para animales, que garantice ventilación, salubridad y protección. El canil podrá ubicarse sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o sobre un asiento junto a la ventana, siempre debidamente sujetado con el cinturón de seguridad si ocupa una butaca.
Además, será requisito presentar la constancia de vacunación antirrábica y cualquier otra certificación sanitaria exigida por la normativa vigente, documentación que podrá ser solicitada antes de abordar o durante el viaje. Solo se permitirá un animal doméstico por pasajero mayor de edad y no podrá haber más de uno por transportín.

Costos y excepciones
La resolución habilita a las empresas de transporte a establecer una tarifa específica por el traslado de mascotas, de acuerdo con las condiciones del mercado. Sin embargo, los perros guía o de asistencia que acompañen a personas con discapacidad quedarán exceptuados del pago y deberán ser trasladados de forma gratuita, conforme a la Ley 26.858.
Las empresas también podrán fijar condiciones adicionales, como límites de peso, tamaño, edad, especies o razas admitidas, y deberán definir protocolos de limpieza y desinfección de las unidades luego de cada viaje con animales.
Finalmente, la normativa autoriza a los operadores a identificar recorridos y frecuencias específicas que admitan mascotas, con el objetivo de facilitar la planificación de los viajes tanto para los usuarios como para las compañías.
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