
El nuevo Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado en el marco de la reforma laboral debatida en el Senado de la Nación Argentina, comenzará a funcionar el 1° de junio y será obligatorio para todas las empresas. El esquema apunta a modificar la forma en que se financian las indemnizaciones por despido y también podría utilizarse para afrontar fallos adversos en la justicia laboral.
La iniciativa sufrió cambios durante su tratamiento parlamentario. El principal fue la segmentación del aporte según el tamaño de la empresa, con el objetivo de reducir el costo fiscal estimado. El Gobierno sostiene que el mecanismo permitirá “abaratar el costo de indemnizaciones o eventuales pagos por juicios laborales” mediante un sistema de financiamiento anticipado administrado en el mercado de capitales.

Cómo funcionará el Fondo de Asistencia Laboral
El FAL se financiará con un porcentaje de los aportes patronales que hoy reciben organismos previsionales como la Administración Nacional de la Seguridad Social. Es decir, no implicará un nuevo tributo para las empresas, sino la redirección de una parte de las contribuciones existentes.
En la versión original del proyecto se establecía un aporte uniforme del 3%, pero finalmente se dispuso un esquema diferenciado: las pequeñas y medianas empresas deberán aportar el 2,5%, mientras que las grandes compañías contribuirán con el 1%. Estos porcentajes podrían incrementarse hasta 3% y 1,5%, respectivamente, según la disponibilidad fiscal.
Administración e inversiones
Los recursos serán administrados por sociedades de Bolsa habilitadas por la Comisión Nacional de Valores, elegidas por cada empresa. El organismo ARCA actuará solo como agente de derivación de los fondos por cuestiones operativas.
La ley establece que el dinero tendrá carácter inembargable y no podrá invertirse en activos vinculados a la propia empresa aportante. En caso de uso indebido, las multas podrían alcanzar hasta el doble del monto ingresado al sistema. Además, las compañías deberán abonar comisiones a las entidades administradoras, con un tope del 1%.

Qué implica para los trabajadores
El Fondo será obligatorio para todos los trabajadores en relación de dependencia, actuales y futuros. Cada empresa acumulará recursos destinados a cubrir indemnizaciones por despido o eventuales sentencias judiciales.
No obstante, la norma aclara que si los fondos resultaran insuficientes, la responsabilidad del empleador de pagar la indemnización seguirá vigente. Asimismo, si una empresa cambia de dueño, la cuenta del FAL se transferirá junto con el resto de los activos.
La reforma también prevé la posibilidad de suspender temporalmente los aportes cuando el fondo acumulado sea suficiente para afrontar obligaciones futuras, aunque ese criterio será definido por el Poder Ejecutivo en la reglamentación.
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