Jubilados
Jubilados

El Gobierno nacional dispuso el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional de hasta 70.000 pesos, que será abonado en febrero de 2026 a jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas que perciban sus haberes a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

La medida fue oficializada mediante el Decreto 65/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y publicada este miércoles 28 de enero en el Boletín Oficial.

Según se detalla en los considerandos del decreto, el bono fue creado como un mecanismo de compensación frente a los efectos negativos generados por la fórmula de movilidad jubilatoria establecida por la Ley 27.609, que estuvo vigente hasta su modificación en julio de 2024. El texto oficial sostiene que dicha normativa “no resguardaba el riesgo inflacionario” y provocó una pérdida del poder adquisitivo, especialmente entre los adultos mayores de menores ingresos.

A quiénes alcanza el bono

El refuerzo extraordinario alcanzará a los siguientes beneficiarios:

  • Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
  • Beneficiarios de regímenes especiales derogados o de ex cajas provinciales y municipales transferidas a la Nación.
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y pensiones graciables.

Desde el Gobierno aclararon que todos los beneficios deberán encontrarse vigentes al momento de la liquidación para poder acceder al bono.

Cómo se determina el monto

El decreto estableció dos criterios para definir el importe del refuerzo:

  • Quienes perciban un haber igual o inferior al haber mínimo previsional recibirán el monto total de $70.000.
  • Aquellos que cobren por encima del haber mínimo recibirán un monto variable, equivalente a la suma necesaria para alcanzar el tope del haber mínimo más el bono máximo.

En el caso de pensiones con copartícipes, se considerará un solo titular a los fines del cobro del beneficio.

Sin descuentos ni retenciones

El bono tendrá carácter no remunerativo, no será susceptible de descuentos y no será computable para ningún otro concepto previsional ni asistencial.

Asimismo, la norma faculta a la ANSES a dictar las disposiciones necesarias para su implementación, fiscalización y eventual recupero de percepciones indebidas, mientras que la Jefatura de Gabinete deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.

La medida entró en vigencia el mismo día de su dictado y se enmarca dentro del esquema de asistencia previsional que el Estado nacional viene aplicando desde enero de 2024, con el objetivo de sostener los ingresos de los sectores más vulnerables del sistema jubilatorio.

🙌 Sumate a Elochodigital

Este contenido es posible gracias al apoyo de nuestros lectores. Con tu aporte ayudás a que sigamos informando lo que pasa en nuestra ciudad.

💚 Apoyar el medio

Deja un comentario