El Gobierno declaró “Secreto Militar” a la exportación de componentes vinculados a los cazas F-16
El Gobierno declaró “Secreto Militar” a la exportación de componentes vinculados a los cazas F-16
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El Gobierno nacional declaró bajo el régimen de “Secreto Militar” a la exportación de material relacionado con el sistema de armas incorporado por la Fuerza Aérea Argentina, en el marco del programa de adquisición de los cazas F-16.

La medida fue establecida mediante el Decreto 735/2026, firmado en la Ciudad de Buenos Aires el 14 de agosto, y tiene como objetivo resguardar información considerada sensible para la Defensa Nacional durante las operaciones necesarias para realizar tareas de mantenimiento, actualización y otros trabajos técnicos en el exterior.

La disposición alcanza a componentes del sistema de armas cuya incorporación había sido tramitada mediante el expediente EX-2024-05198131-APN-DGPPYP#FAA, correspondiente al programa de adquisición de las aeronaves F-16 para Argentina.

Qué material vinculado a los F-16 podrá salir del país

El decreto establece que determinadas operaciones de salida del territorio argentino podrán realizarse para efectuar tareas de mantenimiento, actualización y otras intervenciones técnicas vinculadas con el sistema de armas.

Entre los elementos alcanzados por la clasificación de secreto militar se encuentran las partes integrantes de las aeronaves, motores, repuestos, armamento real y material de entrenamiento.

También quedaron comprendidos los contratos adicionales correspondientes a equipos y capacidades complementarias incorporadas al sistema.

Desde el Ejecutivo aclararon, a través de los fundamentos de la norma, que la utilización del término “exportación” no implica una decisión de vender el material a otros países.

La salida de estos componentes al exterior estará vinculada principalmente con trabajos técnicos que deban realizarse fuera de Argentina, como mantenimiento, reparación, modernización o actualización de equipos.

Los F-16 comenzaron sus actividades de vuelo en marzo

Entre los fundamentos de la medida, el Gobierno recordó que el sistema de armas comenzó sus actividades de vuelo el 30 de marzo de 2026 en el Área Material Río IV.

A partir de la incorporación de las aeronaves, el Ejecutivo consideró necesario establecer mecanismos que permitan el traslado al exterior de determinados componentes cuando las necesidades operativas y técnicas así lo requieran.

Debido a la sensibilidad de estos materiales y a la información que puede estar relacionada con sus movimientos, se resolvió que las operaciones queden alcanzadas por el régimen de Secreto Militar.

La medida busca mantener reservados los datos vinculados con el traslado de componentes estratégicos de las aeronaves y otros elementos del sistema de armas.

Una nueva medida dentro del programa de incorporación de los F-16

El Decreto 735/2026 se suma a otras disposiciones adoptadas por el Gobierno desde el inicio del programa de incorporación de los F-16.

En primer lugar, el Decreto 370/2024 había declarado secreto militar a la operación contractual mediante la cual se tramitó originalmente la adquisición del sistema de armas.

Posteriormente, el Decreto 807/2024 extendió la misma clasificación a la contratación y construcción de obras de infraestructura y a la importación de material vinculado con la incorporación de las aeronaves.

A fines de 2024, mediante el Decreto 1073/2024, el Gobierno también declaró secreto militar a los contratos adicionales relacionados con la incorporación de equipos y capacidades complementarias.

Con la nueva disposición, el esquema de reserva se amplía ahora a las futuras operaciones que impliquen el envío al exterior de componentes vinculados al sistema de armas.

Por qué el Gobierno dispuso el secreto militar

En los considerandos del Decreto 735/2026, el Poder Ejecutivo recordó los objetivos establecidos en la Ley de Defensa Nacional, entre ellos garantizar de manera permanente la soberanía e independencia de Argentina, su integridad territorial y su capacidad de autodeterminación.

También mencionó la responsabilidad del Estado de proteger la vida y la libertad de los habitantes.

Asimismo, la norma hace referencia a la Ley 24.948, que asigna al Ministerio de Defensa la responsabilidad de evaluar y decidir sobre los requerimientos de equipamiento de las Fuerzas Armadas necesarios para alcanzar las capacidades operativas previstas por la política nacional de Defensa.

En este contexto, el Gobierno consideró necesario resguardar la información relacionada con la salida del país de componentes considerados sensibles, especialmente aquellos vinculados con las aeronaves, sus sistemas y su armamento.

El Ministerio de Defensa instrumentará las operaciones

El primer artículo del decreto estableció formalmente el “Secreto Militar”, en los términos previstos por el Decreto 9390/1963, para la exportación del material relacionado con el sistema de armas y los contratos adicionales correspondientes a equipos y capacidades complementarias.

En tanto, el segundo artículo autorizó al Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares, a realizar todos los actos necesarios para instrumentar la medida.

De esta manera, las futuras operaciones que impliquen el envío al exterior de partes, motores, repuestos, armamento u otros componentes relacionados con el sistema de armas de los F-16 adquiridos por Argentina quedarán comprendidas bajo el régimen de secreto militar cuando deban ser trasladados para tareas de mantenimiento, actualización u otras intervenciones técnicas.

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