
Este martes 3 de febrero será feriado provincial en Entre Ríos para la administración pública y las entidades bancarias, en el marco de la conmemoración de la Batalla de Caseros, una fecha histórica clave para la identidad entrerriana. Así lo establece la Ley Provincial N° 7.285, que fija la jornada como no laborable exclusivamente para el sector estatal.
De este modo, durante la jornada no habrá actividad en organismos públicos provinciales ni en bancos. En cambio, para el sector privado —comercios, industria y empresas— la adhesión al feriado será optativa y quedará a criterio de cada empleador.
La efeméride recuerda la Batalla de Caseros, librada el 3 de febrero de 1852, cuando el Ejército Grande, comandado por el gobernador entrerriano Justo José de Urquiza, derrotó a las fuerzas de Juan Manuel de Rosas. El triunfo marcó un punto de inflexión en la historia nacional y consolidó el protagonismo de Entre Ríos en la organización institucional del país.

En este contexto, el gobierno provincial anunció que prepara un acto conmemorativo oficial. La semana pasada, el gobernador Rogelio Frigerio encabezó una reunión de gabinete donde se avanzó en los detalles organizativos. El ministro de Gobierno y Justicia, Manuel Troncoso, calificó la fecha como “el día más importante para la entrerrianía” y adelantó que se tratará de “un gran acto, con fuerte contenido histórico y simbólico”.
El encuentro se desarrolló en el Salón de los Gobernadores y contó con la presencia de la vicegobernadora Alicia Aluani, ministros, secretarios y el presidente de la Cámara de Diputados, Gustavo Hein.
Primer feriado provincial del año y próximos descansos
Con este feriado del 3 de febrero, Entre Ríos inaugura su calendario de descansos provinciales de 2026. En el plano nacional, el primer fin de semana largo llegará a mediados de febrero, con los feriados de Carnaval del lunes 16 y martes 17.
Desde el punto de vista laboral, cabe recordar la diferencia entre feriado y día no laborable. El feriado es obligatorio y, en caso de trabajarse, corresponde el pago doble. En cambio, el día no laborable queda sujeto a la decisión del empleador y no implica pago adicional si se presta servicio.
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