La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución de todos los productos oftalmológicos de la marca OFCOR o aquellos fabricados por la empresa OFCOR SRL. La decisión, oficializada mediante la Disposición 11068/2024 publicada en el Boletín Oficial, se tomó debido a la falta de habilitación y controles de seguridad necesarios por parte de la firma.
Según el documento firmado por la administradora nacional, Nélida Agustina Bisio, la empresa con sede en Córdoba no ha renovado su habilitación desde septiembre de 2019, ni ha registrado sus productos ante los organismos pertinentes.
Irregularidades detectadas
La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud identificó que los productos de OFCOR SRL no han sido sometidos a evaluaciones que certifiquen su seguridad y funcionalidad. Durante una inspección realizada en agosto, se hallaron instrumentos oftalmológicos, como pinzas y separadores, que carecían de estuchado y certificación correspondientes.
Además, el Ministerio de Salud de Córdoba confirmó que la empresa incumplió con los requisitos para renovar su habilitación, un trámite obligatorio desde 2019.
Riesgo para la salud pública
ANMAT consideró que la falta de controles supone un riesgo para la salud pública. Por esta razón, se instruyó un sumario sanitario contra OFCOR SRL, conforme a lo establecido en la Ley 16.463, que regula la actividad de medicamentos y productos médicos.
La prohibición se mantendrá vigente hasta que la firma regularice su situación, obtenga las habilitaciones necesarias y garantice la seguridad de sus productos mediante los testeos correspondientes. Las autoridades provinciales y municipales ya fueron notificadas para asegurar el cumplimiento de la medida. (Infoabe y Boletín oficial)
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