
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, a través de la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización, oficializó una nueva resolución que fija el cupo de extracción de pescado de río correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2025.
De acuerdo con la disposición, el volumen total autorizado es de 600 toneladas, incluyendo la especie sábalo y el denominado pescado de línea, mientras que se ratifica la prohibición de pesca comercial del dorado (Salminus brasiliensis).
La medida se basa en un informe técnico del área de Fauna que recomienda ajustar el esfuerzo pesquero en función de las condiciones hidrobiológicas actuales y de los aspectos socio-productivos, con el objetivo de aplicar un modelo de gestión adaptativa y sustentable.
Restricciones y veda preventiva
El texto de la resolución dispone mantener las artes de pesca autorizadas, entre ellas la red de malla simple de 14,5 cm entre nudos opuestos, y limitar la pesca artesanal y comercial a los días lunes a jueves.
De esta manera, se prohíbe la actividad los viernes, sábados, domingos y feriados, tanto para la pesca como para el acopio de productos.
Asimismo, se establece una veda preventiva del 20 de diciembre de 2025 al 20 de enero de 2026, con el fin de proteger las poblaciones ícticas durante el período estival, cuando las condiciones ambientales resultan más exigentes.
La prohibición de pesca comercial y acopio regirá desde las 0 horas de cada viernes hasta las 24 del domingo, además de los feriados nacionales y provinciales, comprendiendo el lapso del 7 de noviembre al 19 de diciembre de 2025.

Un enfoque sustentable
Desde la cartera productiva señalaron que la actualización del cupo “busca armonizar los aspectos ambientales, técnicos, comerciales y sociales de la actividad pesquera, garantizando un uso racional y sustentable del recurso”.
En comparación con el año anterior, la reducción supera el 60%, lo que refleja la intención de preservar las especies y mitigar el impacto sobre el ecosistema fluvial.
El monitoreo permanente del río y de las capturas permite, según el organismo, tomar decisiones equilibradas que aseguren tanto la preservación ambiental como la continuidad del trabajo pesquero artesanal y comercial.
Especies protegidas y normativa vigente
La nueva disposición reafirma la vigencia de la Resolución Nº 276/07, que prohíbe la pesca del surubí (Pseudoplatystoma coruscans) desde el 15 de agosto al 15 de marzo de cada año en todo el territorio provincial.
La asignación de cupos particulares será definida por la Dirección de Recursos Naturales, y la emisión de guías de transporte de pesca quedará suspendida una vez alcanzados los volúmenes autorizados.
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