
El próximo 25 de diciembre vence el plazo para justificar no haber votado en las elecciones legislativas del 26 de octubre, comicios que marcaron un hecho histórico: solo el 67,9% de los ciudadanos habilitados participó, el nivel más bajo desde el retorno de la democracia en 1983.
Más de 11,3 millones de personas no asistieron a votar y, si estaban obligadas a hacerlo, ahora deben justificar su inasistencia o afrontar una multa ante la Justicia Electoral.
Según la normativa vigente, desde el mismo día de la elección comienza a correr un plazo de 60 días para justificar un motivo válido de ausencia. Quienes no lo hagan quedarán registrados como infractores, situación que puede generar impedimentos a la hora de realizar trámites ante organismos estatales.
¿Quiénes estaban obligados a votar?
El Código Electoral Nacional establece la obligatoriedad del voto para todos los ciudadanos entre 18 y 69 años que figuren en el padrón.
Quedan exceptuados:
- Mayores de 70 años (voto opcional).
- Jóvenes de 16 y 17 años, cuya inasistencia no genera sanciones.
También se considera justificada la ausencia cuando la persona:
- Estaba a más de 500 km de su lugar de votación y obtuvo certificado en una comisaría.
- Debió cumplir funciones en organismos públicos o en el operativo electoral.
- Estaba enferma o impedida por razones de fuerza mayor, con certificado médico.
- Enfrentó circunstancias económicas, desastres naturales o pérdida del DNI.
Cómo justificar la inasistencia
La gestión puede realizarse de dos maneras:
Online
Ingresando a infractores.padron.gov.ar, donde el ciudadano debe cargar su DNI, género, distrito electoral e indicar el motivo de ausencia. El sistema permite adjuntar documentación respaldatoria.
Presencial (CABA)
Quienes tengan domicilio en la Ciudad de Buenos Aires deben hacerlo exclusivamente de manera presencial en la Secretaría Electoral (Tucumán 1320), de lunes a viernes de 7.30 a 16.30.
¿Qué pasa si no se justifica el no voto?
Pasado el plazo de 60 días, la persona será incluida en el Registro de Infractores al Deber de Votar, una base pública.
Quienes figuren allí:
- No podrán realizar trámites en organismos estatales por un año.
- No podrán ser designados en empleos o funciones públicas durante tres años, salvo que paguen la multa correspondiente.
Cómo consultar si estoy en el Registro de Infractores
Se debe ingresar a infractores.padron.gov.ar, cargar DNI, género y distrito para verificar si existen inasistencias pendientes.
Si aparece una ausencia sin justificar, el sistema permite iniciar el trámite o pagar la multa.
¿Cuánto cuesta la multa por no votar?
El monto varía según la cantidad de infracciones previas:
- $50: sin infracciones anteriores
- $100: una infracción
- $200: dos infracciones
- $400: tres infracciones
- $500: cuatro o más infracciones
A estos valores se suman $302 de gastos operativos.
Cómo pagar la multa paso a paso
- Ingresar a infractores.padron.gov.ar y seleccionar la boleta de pago.
- Elegir “Otros medios de pago electrónico” y luego “Efectuar pago”.
- Completar el pago mediante:
- Tarjeta de crédito/débito (Visa, Mastercard, American Express).
- Efectivo a través de Pago Fácil, Rapipago o Cobro Express.
- Guardar el comprobante. La actualización del sistema puede demorar algunos días.
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