
El Gobierno nacional dispuso una actualización en el mecanismo de cálculo del haber inicial de los futuros jubilados. A través de la Disposición 29/2025 de la Subsecretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, se aprobó el nuevo índice combinado que se aplicará a los trabajadores en relación de dependencia que cesen en sus empleos desde el 30 de noviembre o tramiten su jubilación a partir del 1 de diciembre de 2025.
La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, tiene como objetivo otorgar mayor precisión y equidad en la determinación del ingreso jubilatorio, reflejando con más fidelidad la evolución de los salarios reales durante la vida laboral activa.
Qué es el “índice combinado”
El índice combinado es la herramienta que permite actualizar las remuneraciones históricas de los trabajadores al momento de calcular el promedio salarial que determina el haber inicial jubilatorio.
En términos simples, el índice ajusta los sueldos del pasado a valores actuales, considerando tanto la inflación como los aumentos de salarios, de modo que el cálculo de la jubilación sea más representativo del poder adquisitivo real.
El nuevo mecanismo se sustenta en lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley 26.417, modificado por el artículo 4 de la Ley 27.609, que establece una actualización trimestral basada en el promedio entre el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) y el índice de movilidad previsional previsto en la Ley 27.260.

Cómo se elaboró el nuevo índice
Según la disposición oficial, el cálculo fue desarrollado por la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social y aprobado conforme a la metodología de la Resolución N° 3/2021, vigente desde ese año.
El texto lleva la firma de Alexandra Biasutti, subsecretaria de Seguridad Social, y señala que el objetivo es garantizar mayor coherencia y equidad entre los haberes iniciales de los nuevos jubilados.
“El índice combinado permite reflejar de manera más precisa la evolución de los ingresos de los trabajadores a lo largo de su trayectoria laboral”, expresa la norma publicada en el Boletín Oficial.
Impacto en los futuros jubilados
El nuevo índice se aplicará únicamente a trabajadores en relación de dependencia que soliciten su jubilación a partir de diciembre de 2025, mientras que los beneficiarios actuales continuarán percibiendo sus haberes bajo el sistema de movilidad previsional vigente.
De esta forma, el Gobierno busca armonizar los criterios de actualización salarial y evitar distorsiones entre las distintas generaciones de jubilados. (Ámbito)
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