
El Gobierno nacional avanzó en la definición de una serie de puntos “innegociables” que integrarán la Reforma Laboral que planea impulsar tras el 10 de diciembre. La iniciativa generó nuevas tensiones políticas y sindicales, y se basará en parte en el contenido de la Ley Bases aprobada mediante el DNU 70/24, aunque incorporará modificaciones claves para evitar nuevos frenos judiciales.
De acuerdo con estimaciones oficiales, La Libertad Avanza podría reunir cerca de 90 diputados propios y alrededor de 20 senadores, números que le darían un escenario más favorable para avanzar con el paquete laboral.
El proyecto permanece bajo estricta reserva dentro del Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, y el secretario de Trabajo Julio Cordero, junto a equipos técnicos especializados.

Los cambios considerados “innegociables” por el Gobierno
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, adelantó parte de los lineamientos generales, aunque la definición final dependerá del Ministerio de Capital Humano. Un borrador filtrado indica que la reforma incluiría:
- Cambios sustanciales en la Ley de Contratos de Trabajo (LCT)
- Modificaciones en regímenes especiales
- Nuevas reglas en procedimientos judiciales
- Ajustes en vacaciones, jornadas e indemnizaciones
- Reglas específicas para tercerizaciones
- Regulación de la economía de plataformas
- Un capítulo especial para el ejercicio profesional sin matrícula obligatoria
Cambios centrales en la Ley de Contratos de Trabajo
El borrador propone reorganizar el alcance de la LCT, excluyendo:
- Empleo público
- Trabajo agrario
- Casas particulares
- Vínculos comerciales del Código Civil y Comercial
- Servicios personales realizados a través de plataformas tecnológicas
Entre los artículos modificados se destacan:
- Artículo 9: mantiene el principio de norma más favorable, pero solo aplicable ante “dudas insuperables”.
- Artículo 12: reafirma la irrenunciabilidad de derechos.
- Artículo 15: exige homologación judicial o administrativa para acuerdos conciliatorios.
- Artículo 18: habilita computar antigüedad acumulando períodos sucesivos o previos al reingreso, si el retorno ocurre en menos de dos años.
- Artículo 30: cambia la responsabilidad en tercerizaciones, que pasaría de solidaria a subsidiaria, excepto en casos de falta de registración o aportes.
Registración laboral: ARCA como sistema unificado
Uno de los cambios más profundos es la creación de un sistema unificado de registración a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Los artículos 52 y 55 establecen que:
- La inscripción laboral se hará exclusivamente mediante ARCA.
- La ausencia de constancia generará presunciones a favor del trabajador.
Este punto redefiniría por completo la forma de formalizar vínculos laborales en Argentina.

Nuevas reglas para vacaciones y organización laboral
El proyecto habilita al empleador a modificar modalidades de prestación siempre que no genere perjuicios al empleado.
Además:
- Se reconoce la capacitación como derecho básico vinculado al puesto.
- Las vacaciones podrán otorgarse del 1° de octubre al 30 de abril.
- Podrán fraccionarse en períodos no menores a 7 días.
- Podrán reprogramarse por enfermedad.
- El artículo 155 define el cálculo remunerativo incluyendo salarios fijos, variables y comisiones.
El texto también amplía el listado de beneficios no remunerativos, incorporando:
- Prestaciones de salud
- Reintegros de guardería
- Ropa de trabajo
- Útiles escolares
- Gimnasios
- Gastos de sepelio
- Provisión de herramientas tecnológicas
Ninguno de estos conceptos integrará la base remunerativa ni generará aportes adicionales. (Fuente: IProfesional)
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