
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficializó la ampliación del listado de medicamentos de venta libre en Argentina. A través de la Disposición 4714/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, el organismo autorizó que diez principios activos de uso habitual dejen de requerir receta médica para su comercialización.
La medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y forma parte del proceso de revisión de medicamentos impulsado por el Ministerio de Salud, con el objetivo de facilitar el acceso a tratamientos que demostraron un adecuado perfil de seguridad y eficacia.
Según explicó la ANMAT, los medicamentos incluidos en esta disposición fueron comercializados durante al menos cinco años bajo receta médica y, tras evaluar los informes de farmacovigilancia nacionales e internacionales, se concluyó que no registraron efectos adversos graves que modificaran la relación entre sus beneficios y riesgos.
Qué medicamentos pasan a ser de venta libre
La disposición comprende diez ingredientes farmacéuticos activos y asociaciones medicinales que podrán venderse sin prescripción médica, siempre que respeten las concentraciones y presentaciones autorizadas.
Los medicamentos incluidos son:
- Trimebutina maleato 100 mg, indicada para el tratamiento de trastornos digestivos.
- Levocetirizina, en comprimidos y solución oral, utilizada para aliviar síntomas de alergias.
- Fexofenadina, en comprimidos y solución oral, antihistamínico para cuadros alérgicos.
- Dimenhidrinato 50 mg, empleado para prevenir y tratar mareos y náuseas provocados por el movimiento.
- Nafazolina + Feniramina, en solución oftálmica para alergias oculares.
- Olopatadina, en gotas oftálmicas para el tratamiento de afecciones alérgicas en los ojos.
- Carboximetilcisteína, en jarabe o solución oral para enfermedades respiratorias con exceso de secreciones.
- Cloruro de aluminio hexahidratado, en loción tópica.
- Carbonato de calcio + Tintura de Árnica Montana + Nitrato de Plata, para uso tópico y oral según la presentación autorizada.
- Ivermectina al 0,5% en loción, destinada exclusivamente al tratamiento tópico.
La ANMAT aclaró que el cambio de condición de expendio se limita a las concentraciones y presentaciones establecidas en la disposición oficial.
Qué deberán hacer los laboratorios
La normativa también establece nuevas obligaciones para los laboratorios que comercializan estos productos.
Los lotes elaborados antes de la entrada en vigencia de la disposición podrán continuar vendiéndose con los envases actuales hasta agotar existencias. Sin embargo, toda la producción posterior deberá adecuar el rotulado para reflejar la nueva condición de venta libre.
Además, los nuevos envases deberán incorporar un código QR que permita acceder al prospecto completo del medicamento.
Los titulares de los registros también deberán actualizar la documentación correspondiente en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) y adaptar las presentaciones a las dosis, intervalos y duración de tratamiento aprobados por el organismo regulador.
La ANMAT reforzó las condiciones de control
Desde el organismo señalaron que el incumplimiento de las nuevas exigencias podrá dar lugar a las sanciones previstas por la legislación vigente.
Asimismo, remarcaron que la decisión busca ampliar el acceso de la población a medicamentos de uso frecuente que cuentan con un historial comprobado de seguridad y eficacia, sin dejar de mantener los controles sanitarios correspondientes.
No obstante, las autoridades sanitarias recordaron la importancia de utilizar estos medicamentos de manera responsable y respetar las indicaciones de los prospectos o la recomendación de un profesional de la salud ante cualquier duda o persistencia de los síntomas.
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