
El Gobierno nacional oficializó este miércoles una nueva actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), luego de que la última reunión del Consejo del Salario concluyera sin acuerdo entre representantes sindicales y empresarios. La medida se formalizó a través de la Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial y firmada por la presidenta alterna del organismo, Claudia Silvana Testa.
El encuentro del Consejo, realizado el 26 de noviembre de manera virtual, no logró consensuar una propuesta común respecto al salario mínimo ni a la actualización de las prestaciones por desempleo. Ante la falta de acuerdo, la normativa vigente habilita al Poder Ejecutivo a establecer los nuevos valores mediante decreto, mecanismo que viene aplicándose de forma reiterada desde la llegada de Javier Milei a la Presidencia.

Cómo queda la nueva escala del salario mínimo
A partir del 1° de noviembre de 2025, el salario mínimo para trabajadores mensualizados con jornada completa será de $328.400, contra los $322.200 vigentes desde agosto. En el caso de los trabajadores jornalizados, la hora pasará a valer $1.642 (antes, $1.610).
El esquema de incrementos será mensual y progresivo hasta agosto de 2026:
- Diciembre 2025: $334.800
- Enero 2026: $341.000
- Febrero: $346.800
- Marzo: $352.400
- Abril: $357.800
- Mayo: $363.000
- Junio: $367.800
- Julio: $372.400
- Agosto: $376.600
En cuanto al salario por hora, también se ajustará mes a mes, alcanzando los $1.883 en agosto de 2026.
A quiénes alcanza la medida
La resolución es de aplicación obligatoria para:
- Trabajadores del Régimen de Contrato de Trabajo (Ley 20.744)
- Trabajadores agrarios
- Empleados de la Administración Pública Nacional
- Organismos y entidades estatales empleadoras
Quedan exceptuados los trabajadores a tiempo parcial y los menores de edad, quienes reciben el salario proporcional a la jornada efectivamente trabajada.
Prestación por desempleo: qué cambia
La prestación por desempleo seguirá rigiéndose por el sistema vigente desde septiembre de 2023. El monto será equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual neta del trabajador en los seis meses previos a la desvinculación.
Además, se mantiene el esquema de límites:
- No podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente
- No podrá superar el 100% del SMVM
De esta forma, los valores irán variando automáticamente en función de las actualizaciones mensuales del salario mínimo.
🙌 Sumate a Elochodigital
Este contenido es posible gracias al apoyo de nuestros lectores. Con tu aporte ayudás a que sigamos informando lo que pasa en nuestra ciudad.
💚 Apoyar el medioDescubre más desde Elochodigital.com
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.










