Obra Pública
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El Gobierno nacional autorizó una ampliación de la emisión de títulos públicos por hasta $221.119.509.519 para cancelar deudas pendientes con empresas contratistas de obras públicas.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución Conjunta 59/2026 de las secretarías de Finanzas y Hacienda, publicada este martes 6 de octubre en el Boletín Oficial.

La decisión se enmarca en un régimen destinado a regularizar obligaciones correspondientes a contratos de infraestructura ejecutados bajo la órbita de las secretarías de Obras Públicas y Transporte del Ministerio de Economía.

De acuerdo con la resolución, las acreencias reconocidas podrán ser canceladas mediante la entrega de títulos del Tesoro Nacional, en lugar de realizarse exclusivamente mediante transferencias de dinero.

Cómo se pagarán las deudas de las obras públicas

La resolución establece la ampliación de la emisión de tres instrumentos financieros que serán entregados a los contratistas de acuerdo con una distribución determinada.

El 33% de la canasta estará compuesto por Letras del Tesoro con vencimiento el 30 de octubre de 2026.

Otro 33% corresponderá a bonos con vencimiento el 15 de enero de 2027, mientras que el 34% restante estará integrado por bonos del Tesoro Nacional capitalizables en pesos, con vencimiento previsto para el 30 de abril de 2027.

Los títulos serán entregados a su valor técnico, calculado al día hábil anterior a la fecha en que sean efectivamente otorgados.

El monto autorizado constituye un límite máximo para la operatoria y no implica que la totalidad de las obligaciones pendientes hayan sido canceladas.

Qué empresas podrán acceder al mecanismo

El régimen para la cancelación de las deudas había sido establecido en julio de 2026 mediante la Resolución 1/2026 de la Secretaría de Coordinación de Infraestructura.

El mecanismo alcanza a contratistas que poseen acreencias correspondientes a certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios generadas entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025.

También contempla determinadas obligaciones pendientes derivadas de contratos de obra pública que fueron extinguidos a partir de 2024, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en el régimen.

Una ampliación para hacer operativo el esquema

La nueva resolución no crea el mecanismo de cancelación de deudas, sino que amplía la emisión de títulos públicos necesaria para ponerlo en funcionamiento.

De esta manera, el Estado nacional podrá avanzar con la regularización de obligaciones reconocidas con empresas que participaron en obras de infraestructura durante los últimos años.

El esquema establece que las empresas recibirán títulos del Tesoro en reemplazo del pago directo en efectivo, con distintos vencimientos según la composición definida por el Gobierno.

La decisión se suma a las medidas adoptadas por el Ejecutivo para ordenar las obligaciones pendientes vinculadas con contratos de obra pública y avanzar en la regularización de las acreencias reconocidas.

Fuente: Elonce.


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